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Reserva del Fallo condenatorio contra Rafo León

Foto del escritor: CF AbogadosCF Abogados

El día de ayer, la Juez del 42° Juzgado Penal de Lima emitió resolución final en la Querella interpuesta contra el periodista Rafo León, acusado de difamación por Martha Meier Miró Quesada.

Se emitió una RESERVA DEL FALLO CONDENATORIO, figura alternativa a la imposición de una sanción penal, prevista en el Art. 62° del Código Penal, que prevé:

Artículo 62. Reserva del fallo condenatorio. Circunstancias y requisitos

El juez puede disponer la reserva del fallo condenatorio siempre que de las circunstancias individuales, verificables al momento de la expedición de la sentencia, pueda colegir que el agente no cometerá nuevo delito. El pronóstico favorable sobre la conducta futura del sentenciado que formule la autoridad judicial requiere de debida motivación.

La reserva es dispuesta en los siguientes casos:

1. Cuando el delito está sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años o con multa;

2. Cuando la pena a imponerse no supere las noventa jornadas de prestación de servicios a la comunidad o de limitación de días libres;

3. Cuando la pena a imponerse no supere los dos años de inhabilitación.

El plazo de reserva del fallo condenatorio es de uno a tres años, contado desde que la decisión adquiere calidad de cosa juzgada

La RESERVA DEL FALLO CONDENATORIO, implica que el Juez, a pesar de encontrar responsabilidad penal en una persona, es decir, a pesar de considerar con certeza que la persona ha cometido un delito, SE ABSTIENE de dictar la parte resolutiva de su sentencia (no impone una sanción), sin perjuicio de fijar una reparación civil -que en este caso asciende a S/. 6,000.00.

Los efectos de esta RESERVA DEL FALLO, evitan que se generen antecedentes por estos hechos, siempre y cuando el ciudadano que ha sido encontrado responsable penalmente, cumpla con las reglas de conducta por el periodo de reserva establecido en la Resolución Final. Cumplido el periodo de prueba, se elimina automáticamente todo tipo de registros que se generan por esta RESERVA DEL FALLO, sólo podría ser utilizado este registro, en caso el ciudadano cometa un nuevo delito doloso.

Entre las reglas de conductas que se han dictado contra el periodista Rafo León, se encuentra que registre su firma cada mes durante un año, ante el registro Biométrico; también tendrá que comunicar su cambio de domicilio y comunicar también sus salidas del país.

El periodista Rafo León, ha interpuesto recurso de apelación contra esta sentencia.

Les dejamos el texto completo de la Sentencia, AQUI:


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