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¿La Falta de Notificación vulnera el derecho de defensa?


A través de la STC N° 01853-2014, publicada recientemente en la página del Tribunal Constitucional, se reitera que no toda falta de notificación afecta de modo real y concreto el derecho de defensa.

Así, el Tribunal Constitucional, señala:

"Este tribunal en su jurisprudencia ha puesto de manifiesto que el derecho a la defensa comporta en estricto el derecho a no quedar en estado de indefensión en cualquier etapa del proceso penal. En tal sentido, ha dicho que este derecho tiene una doble dimensión: una material, referida al derecho del imputado o demandado de ejercer su propia defensa desde el mismo instante en que toma conocimiento de que se le atribuye la comisión de determinado hecho delictivo, y otra formal, que supone el derecho a una defensa técnica, esto es, al asesoramiento y patrocinio de un abogado defensor durante todo el tiempo que dure el proceso. El derecho a no quedar en estado de indefensión se conculca cuando los titulares de los derechos e intereses legítimos se ven impedidos de ejercer los medios legales suficientes para su defensa; no obstante, no cualquier imposibilidad de ejercer tales medios produce un estado de indefensión que atenta contra el contenido constitucionalmente protegido de dicho derecho, sino que es constitucionalmente relevante cuando se genera una indebida y arbitraria actuación del órgano que investiga o juzga al individuo (STC N° 0582-2006-PA, 5175-2007-HC, entre otras). (...) Por consiguiente, la alegada falta de notificación no determina que se haya afectado de modo real y concreto el derecho de defensa del recurrente, pues él tomó conocimiento del proceso, estuvo asesorado por un abogado de su elección y a falta de éste por un defensor de oficio. De otro lado, las notificaciones se realizaron por edictos y en el domicilio consignado en su DNI, domicilio que el recurrente, posteriormente a la fecha de su declaración instructiva, ha señalado como tal. En consecuencia, por lo expuesto, este Tribunal declara que en el presente caso no se violó el derecho de defensa".


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