El Auto de Calificación de la Casación N° 295-2016, establece la exigencia de una motivación suficiente, más allá de lo ordinario, para poder invocar como causal el desarrollo de la doctrina jurisprudencial.
Esta exigencia se acentúa, cuando ya existe doctrina jurisprudencial respecto al tema que se pretende casar.
La decisión de la Corte Suprema, fue declarar inadmisible el Recurso de Casación presentado. Veamos un extracto:
"Si bien el recurrente invocó la casación excepcional y formuló su interés para desarrollo de doctrina jurisprudencial, respecto al punto: "el estandar mínimo de motivación de una resolución que sólo señala los indicios cuya conclusión omite en precisar la forma que usa precisamente para explicitar dicha conclusión"; sin embargo, incumplió con fundamentar debidamente dicho recurso, conforme lo exige el inciso 3 del artículo 430° del referido Código, toda vez que existe doctrina jurisprudencial respecto a la determinación de la responsabilidad penal en base a la prueba indiciaria -véase el RN N° 1912-2005 y el Acuerdo Plenario N° 1-2006/ESV-22, que señala los presupuestos materiales de la prueba indiciaria necesarios para enervar la presunción de inocencia-; por lo que, lo alegado por el recurrente no resulta suficiente para impulsar el desarrollo de doctrina jurisprudencial".
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