El 27JUN2017, a través del Decreto Supremo N° 014-2017-JUS, se aprueba el protocolo de actuación interinstitucional para la aplicación del procedimiento especial de conversión de penas privativas de libertad por penas alternativas en ejecución de condena, establecido en el D. Leg. N° 1300. El protocolo, establece como supuestos de procedencia de la conversión de pena: a) Haber sido condenado a pena privativa de libertad no mayor de 4 años y encontrarse en el régimen cerrado ordinario. b) Haber sido condenado a pena privativa de libertad o mayor de 6 años y encontrarse en etapa de mínima seguridad del régimen ordinario.
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