Importante Sentencia Casatoria Suprema, por la cual se desestima la protección de hechos ilícitos.
En los supuestos de estafa ilícita existe un error que no es típico, por lo que no es tutelado por la norma penal. Así, precisa:
"Nos referimos a cuando es la víctima quien pone en riesgo su patrimonio voluntariamente con el fin de realizar una contraprestación para la ejecución de una acción ilícita, la cual no está reconocida ni protegida por el ordenamiento jurídico".
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