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Autorización para ejecución de sentencia condenatoria de Congresista


El congresista Benicio Ríos Ocsa fue sentenciado en segunda instancia por el delito de Colusión y otro, a siete años de pena efectiva. Sin embargo, existiendo una prerrogativa por su calidad de Congresista de la República, se generó una discusión sobre la necesidad o no del levantamiento de su inmunidad parlamentaria. Al respecto, y dilucidando este aspecto, la Corte Suprema ha señalado:

"existiendo una sentencia condenatoria se ha desvanecido la presunción de inocencia, lo que conlleva a que su ejecución se haga efectiva, en los términos del artículo 402 del Código Procesal Penal, aun cuando se haya impugnado el fallo condenatorio, con las excepciones que la misma ley establece. Ante la falta de norma expresa que establezca trámite distinto, corresponde únicamente pedir en este caso autorización al Congreso de la República, como ocurre cuando se produce un delito flagrante. Es decir, si ante la flagrancia procede el pedido de autorización para arrestar, con mayor razón, ante una sentencia de condena efectiva, ha de proceder el pedido de autorización para su ejecución".

Por lo que la comisión de levantamiento de inmunidad parlamentaria, mediante Solicitud N° 02-2017/CLIP, del 22AGO2018, solicitó autorización al Congreso para hacer efectiva la condena judicial impuesta. Descargue el texto completo de la Solicitud, desde aquí:

El Congreso, el 23AGO2018, aprobó la solicitud de autorización para la ejecución de la sentencia condenatoria.


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