La Sala Penal Especial Confirmó el mandato de Prisión Preventiva impuesta contra Julio Gutiérrez Pebe. Así, señaló que:
"La prisión preventiva como medida cautelar se limita en todos los casos a un juicio de probabilidades y de verosimilitud, por lo que basta que la existencia de derecho aparezca verosímil, esto es que según un cálculo de probabilidades se pueda preveer que en el principal se declarará el derecho en sentido favorable a aquel que solicita la medida cautelar. En cuanto al peligro de obstaculización de la actividad procesal, se analiza si las fuentes de pruebas podrían ser afectadas por la conducta del imputado, esto es, que podría destruir, modificar, ocultar suprimir o falsificar elementos de prueba, así como influenciar sobre los órganos de prueba para que informen falsa, desleal o reticentemente, o inducir a otros a realizar tales conductas. Deberá tenerse en cuenta, además, la capacidad del imputado para acceder por sí mismo o a través de terceros a las fuentes de pruebas, o, lo que es más peligroso "influir sobre otros imputados".
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