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Peligro de Obstaculización.


La 2da Sala Penal de Apelaciones Nacional, mediante resolución del 14FEB2019, ha resuelto confirmar la resolución que dispuso el impedimento de salida del país y comparecencia con restricciones impuestas a Augusto Mario Bedoya Camere, precisando como fundamento de su decisión, lo siguiente:

El juez de instancia concluye señalando que existiría sospecha grave sobre su pertenencia a la organización criminal, así como del delito de lavado de activos contra del investigado, efectuando la precisión de que existe sospecha grave del delito de lavado de activos en su modalidad de conversión, concretamente de haber recibido fondos ilícitos de la empresa Odebrecht pero no de ocultamiento de fondo ilícitos. El colegiado integra esta valoración señalando que este hecho atribuido del cual existe sospecha grave de su ocurrencia, evidenciaría la importancia del investigado dentro de la organización, para cumplir el rol de recepcionar el dinero y adicionalmente revela el nivel de confianza. El dinero ludido luego sería insertado a través de los falsos aportantes con la finalidad de ocultar su origen ilícito. Por estos fundamentos se acredita la vertiente del peligro de obstaculización a la actividad probatoria.

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