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Impedimento de Salida. Caso: Paredes Rodríguez


El Juez de Investigación Preparatoria, en el caso 20-2019, ha declarado fundado el impedimento de salida, solicitado contra Carlos Paredes Rodríguez, ex ministro de transportes y comunicaciones. Así, ha señalado respecto a esta medida, lo siguiente:

"La injerencia en los derechos fundamentales del investigado debe ser idónea o capaz para lograr un objetivo constitucionalmente legítimo; es decir, debe existir una relación de causa efecto entre la medida requerida y el resultado que se pretende obtener, sin que el resultado de la ponderación en sentido estricto arroje una aflicción más intensa sobre el derecho fundamental que el beneficio que se obtiene en relación a los actos de investigación que busca realizar. Concretamente, la limitación de la libertad de desplazamiento al extranjero no se muestra como excesiva frente a la necesidad de esclarecer los hechos materia de investigación. En consecuencia, se advierte la existencia de fundados motivos para la medida de impedimento de salida del país. (...) Los fines del impedimento de salida del país sirven para lograr la presencia del imputado y la culminación del proceso en un plazo razonable, resultando proporcional y razonable su imposición, toda vez que la medida de comparecencia con restricciones no garantiza los riesgos de fuga al exterior, puesto que este supuesto no se encuentra regulado dentro de las restricciones estipuladas en el artículo 288° del Código procesal penal".

Descargue el texto completo, desde aquí:


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