En la Investigación Preliminar seguida contra Velásquez Quesquén y otros, se ha dispuesto que concluya la investigación preliminar, al haberse vencido el plazo, así se señala:
"el plazo en el que desarrolló la investigación preliminar, la Fiscal de la Nación, se encuentra conforme a Ley - independientemente que lo haya realizado en periodos ampliados (precisamente, se le exhorta a futuro determinar el plazo al momento de disponer el inicio de las diligencias preliminares)- porque se encuentra facultado para fijar un plazo distinto al de sesenta días -numeral 2 del artículo 334 del código Procesal Penal- que no debe superar los 8 meses en investigaciones complejas y los 36 meses tratándose de organizaciones criminales; acorde con su rol investigativo y las atribuciones constitucionales para no dejar impunes presuntos eventos delictivos".
Asimismo, la Resolución del Juzgado Supremo, analiza los elementos que se valoraron para definir como compleja dicha investigación preliminar.
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