La Sala Penal de Apelaciones Nacional, ha precisado en el Exp. N° 25-2017-14, respecto a la acción civil ventilado en el proceso penal. lo siguiente:
“En el caso que nos ocupa, es notorio que tanto la pretensión penal y civil se encuentran debidamente acumuladas, al haberse incorporado válidamente a la Procuraduría Pública como actor civil. De modo que, salvo renuncia expresa del perjudicado por el daño o su precisión de accionar en la vía civil en un proceso independiente –situación que no aparece en el presente caso–, le corresponde al órgano jurisdiccional con competencia penal, materializando la garantía constitucional de tutela judicial efectiva, emitir un pronunciamiento respecto de la pretensión civil, independientemente de la existencia de una sentencia absolutoria o de un auto de sobreseimiento, de conformidad con el artículo 12.3 del CP”. (…)
“De modo que la relación jurídica-material no pierde su naturaleza civil al ser ejercitada dentro del proceso penal. Si bien la acción civil se puede encontrar ligada procedimentalmente a la competencia objetiva del tribunal penal, también es cierto que de modo alguno tal circunstancia importa que los principios y características propias que conforman la acción civil se vean comprometidos o disminuidas cuando la acción penal se modifique, disminuya o deje de regir. Por tanto, no es de recibo el agravio invocado por la defensa…, cuando manifiesta que, por haberse excluido del proceso penal a su patrocinada a través de la excepción de improcedencia de acción, ya no es posible perseguir o continuar con la pretensión civil respecto de ella. Incluso, refuerza la inferencia y consideración del Colegiado Superior, la situación concreta de que, en el presente caso, tal como lo ha alegado el procuraduría pública, los hechos que sustentan el daño a la víctima (Estado) y la pretensión civil de resarcimiento que se pretende, no solo se encuentran vinculados a la ciudadana recurrente, sino que continúan en investigación debido a que se les atribuye a una pluralidad de imputados. En otros términos, los hechos que habrían ocasionado el daño patrimonial al Estado, según la Fiscalía y Procuraduría, todavía se encuentran en plena investigación y esclarecimiento”.
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