El D. L. N° 1514, modifica el Código Penal, el Código Procesal Penal, el Decreto Legislativo Nº 1300, Decreto Legislativo que regula el procedimiento especial de conversión de penas
privativas de libertad por penas alternativas, en ejecución de condena, y el Decreto Legislativo Nº 1322, Decreto Legislativo que regula la vigilancia electrónica personal; para optimizar la evaluación y utilización de dicha medida por parte de los jueces penales, como alternativa a la prisión preventiva, en el caso de las personas procesadas, y como pena sustitutoria a la de prisión efectiva, para el caso de las personas sentenciadas y de aquellos que se acogen a un beneficio penitenciario, conversión de pena o cualquier otra medida de liberación anticipada.
Esta medida es aplicable para penas privativas de libertad, impuestas o en ejecución, de hasta 10 años. Asimismo propone la pena privativa de libertad por la vigilancia electrónica, la misma que en algunos casos se aplica conjuntamente con la jornada de prestación de servicios a la comunidad.
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