El Juzgado Supremo de İnvestigación Preparatoria en el Exp. 4615-2019-2, aprobó el pedido que hizo el Ministerio Público para suspender del cargo de Fiscal Supremo por un plazo de 18 meses a Pedro Chávarry en el marco del proceso en su contra por presuntamente haber cometido el delito de encubrimiento al haber deslacrado oficinas durante una investigación contra Keiko Fujimori y Fuerza Popular. Entre los fundamentos expresados por el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, ha señalado que:
Es una medida idónea para cumplir la finalidad de evitar el peligro procesal en las modalidades de cometer delitos de la misma clase de aquél por el que se procede y obstaculización de la actividad probatoria, ya que, a través de ella, se impedirá que el recurrente -aprovechando su condición de Fiscal Supremo Titular - pueda aproximarse o implementar mecanismos para dificultar la acción de la justicia. Así, existe una relación de causalidad entre la medida implementada (medio) y el objetivo o finalidad procesal que es legítimo constitucionalmente (tutela efectiva a través de eliminación del peligro de obstaculización y de reiteración delictiva.
Descargue el texto completo, desde aquí:
Comments