La Corte Suprema declaró fundado el Recurso de Casación N° 361-2022/AYACUCHO, a través de la cual, admite la aplicación del sistema operativo escalonado por sobre el sistema de tercios, debido a que el delito sancionado era un tipo penal cualificado que poseía circunstancias agravantes como parte de su tipicidad. Veamos:
"El recurso de casación deviene en fundado. Si bien la sentencia de vista se expidió con anterioridad al Acuerdo Plenario n.º 1- 2023/CIJ-112, no es impedimento para la aplicación preferente del sistema operativo escalonado antes del sistema de tercios al caso concreto, por resultar pertinente al tratarse de un tipo penal cualificado que posee las circunstancias agravantes como parte de la tipicidad. Entonces, corresponde aminorarle la pena al recurrente. Y, por los propios fundamentos del acuerdo plenario, se puede establecer que dicha pena es acorde a los principios de legalidad, lesividad, culpabilidad y proporcionalidad que regulan su aplicación. Por dichas razones, la casación en el extremo admitido resulta fundada, por lo que corresponde casar la sentencia en el extremo de la determinación de la pena".
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