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Variación de Calificación Jurídica

La Sala Penal Especial de la Corte Suprema, ha aprobado la recalificación jurídica en el Exp. 4-2018-30:

  • "La recalificación jurídica de los hechos, de conformidad con el artículo 450.6 del CPP y el artículo 100 de la Constitución Política del Estado, procede ante la concurrencia de los siguientes presupuestos: a) que no se modifiquen los hechos, b) que el bien jurídico protegido por el tipo penal modificado sea el mismo y c) que se resguarde el pleno ejercicio del derecho de defensa. En el presente caso, se han cumplido estas exigencias constitucionales y legales, por lo que corresponde confirmar la aprobación de variación de calificación jurídica por el delito de cohecho pasivo específico (art. 395 del CP)".

Descargue el texto completo de la Resolución, desde aquí:

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