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Nuevo Reglamento de las Fiscalías de Prevención

  • Foto del escritor: CF Abogados
    CF Abogados
  • 14 ago 2016
  • 1 Min. de lectura

Mediante la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de las Fiscalías de Prevención del Delito, que reemplaza al anterior que se encontraba vigente desde 1999, se incorpora una serie de nuevas atribuciones y funciones que deberán cumplir los fiscales de prevención del delito acorde al Nuevo Código Procesal Penal, así como a la política estratégica de prevención de las diversas formas delictivas que ejecuta el Ministerio Público mediante diversos programas dirigidos a adolescentes y jóvenes de zonas de mayor incidencia criminal.

Los fiscales, como parte de sus funciones, podrán emitir exhortaciones o recomendaciones a las autoridades o ciudadanía. Asimismo, podrán instruir a la sociedad sobre el respeto a la Constitución Política y las leyes, mediante reuniones con instituciones educativas y medios de comunicación.

Este ROF incorpora también el denominado “Procedimiento Preventivo”, que se iniciará cuando se advierta la necesidad de intervenir a fin de evitar posibles conductas delictivas o ante hechos de repercusión social. Durante el proceso preventivo los fiscales podrán realizar operativos y solicitar informes a las instituciones públicas o entidades privadas; asimismo, intervenir junto a la Policía Nacional o institución pública pertinente a fin de evitar un delito.

Descargue el texto completo, aquí:


 
 
 

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