El Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional supremo, ha precisado los alcances de la Tutela de Derechos, así ha precisado:
"los cuestionamientos realizados por la defensa técnica sobre la tipicidad absoluta o relativa de los hechos imputados en contra del investigado, no resultan de recibo en una audiencia de tutela de derechos, por no ser ésta su naturaleza. Dichos agravios deberá realizarlo ejerciendo los mecanismos pertinentes que establecen [la] ley penal y procesal penal; en consecuencia,el pedido de Tutela de derechos deviene en infundado en todos sus extremos".
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