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Queja excepcional: Requisito de admisibilidad

La Corte Suprema, a través de la Resolución N° 11, del 12AGO2020, ha declarado improcedente la Queja Excepcional interpuesta contra el auto que declaró infundada la Excepción de Naturaleza de Acción, deducida por Pedro Chavarry Vallejos. Esta decisión se fundamente en que, el auto que origina el recurso de queja excepcional no extingue la acción o pone fin al procedimiento o a la instancia, pues la resolución de la excepción de naturaleza de acción fue declarada infundada en esta Sala Penal Especial y expresamente señala que el proceso debe continuar según su estado.

Descargue el texto completo de la Resolución, desde aquí:


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