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Responsabilidad Restringida

A través de la CASACIÓN N.° 1762-2019/PUNO, la Corte Suprema ha precisado que, en los casos que exista una responsabilidad restringida, la pena a imponerse debe fiarse po debajo del mínimo legal, acotando:

"1. Como esta Suprema Sala ha enfatizado reiteradamente, el artículo 22 del Código Penal consagra una causal de disminución de la punibilidad en todos los casos conforme al Acuerdo Plenario 4-2016/CIJ116. 2. En tal virtud, debe aplicarse la consecuencia jurídica de la responsabilidad restringida por la edad: reducción prudencial de la pena. Ésta, como es una constante en la jurisprudencia de este Tribunal Supremo, siempre ha de ser por debajo del mínimo legal –cadena perpetua para el conjunto total de los dos delitos perpetrados–, en tanto en cuanto como causal de disminución de la punibilidad tiene como característica esencial que se trata de una causal intrínseca al delito e importa la exclusión parcial de sus categorías sistemáticas (la culpabilidad en este caso)".

Descargue el texto completo de la Casación desde aquí:

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