Revisión de sentencia fundada: Determinación de la pena
- CF Abogados
- 25 oct 2023
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La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, a través de la Revisión de Sentencia N° 532-2021/Sullana, señaló que, se debe declarar fundada la Demanda de Revisión si existe una concurrencia de causales de disminución de la punibilidad, veamos:
"I. La procedencia del control de la determinación de la pena en sede de revisión de sentencia ha sido avalada por la jurisprudencia penal.
II. La jurisprudencia penal es constante y pacĆfica respecto a que la causal de disminución de la punibilidad, regulada en el primer pĆ”rrafo del artĆculo 22 del Código Penal, es aplicable a toda clase de delitos.
III. En el caso, se verifica ācon relación a los delitos de robo agravado y violación sexualā la responsabilidad restringida por razón de la edad, prevista en el primer pĆ”rrafo del artĆculo 22 del Código Penal... A la vez ārespecto al ilĆcito de robo agravadoā se coteja la tentativa, regulada en el artĆculo 16 del código sustantivo. La responsabilidad restringida es por ambos delitos; en cambio, la tentativa es solo por el ilĆcito de robo agravado. IV. AsĆ, en virtud de las pautas aplicadas, teniendo en cuenta la gravedad de los hechos criminales āen cuyo caso, se valoran el dolo, los perjuicios personales y materiales irrogados, la falta de colaboración procesal con la causa penal, la no reparación del daƱo y la relativa culpabilidadā, asĆ como el principio de proporcionalidad, concierne reducir un aƱo y seis meses por cada causal de disminución de la punibilidad āesto es, tentativa y responsabilidad restringida por razón de la edadā. Esto significa que, en el caso del robo agravado āen el que se cotejan dos causales y la pena mĆnima es doce aƱosā, se disminuirĆ” la sanción a nueve aƱos de pena privativa de libertad; mientras que, en el supuesto de la violación sexual āen el que se verifica una causal y el quantum inferior es tambiĆ©n doce aƱosā, se reducirĆ” la pena a diez aƱos y seis meses de privación de la libertad. DespuĆ©s se configuró un concurso real heterogĆ©neo de delitos āse ejecutaron dos hechos punibles que configuraron dos delitos independientesā, por lo que, de acuerdo con el artĆculo 50 del Código Penal y la jurisprudencia penal, ataƱe sumar las penas concretas parciales. La pena concreta total serĆ”, entonces, diecinueve aƱos y seis meses de privación de la libertad.
V. La impugnación defensiva incidió en que se desarrolle un nuevo esquema de determinación penal, en el que se constataron dos causales de disminución de la punibilidad, una aplicable a los delitos de robo agravado y violación sexual āresponsabilidad restringida por razón de la edad, prevista en el artĆculo 22 del Código Penalā y otra vinculada al primer ilĆcito ātentativa, regulada en el artĆculo 16 del código sustantivoā. Luego, fluye un concurso real heterogĆ©neo de delitos, segĆŗn el artĆculo 50 del Código Penal. El resultado es que se le impondrĆ” la sanción previamente enunciada. Entonces, se declararĆ” fundada la revisión de sentencia promovida, se dejarĆ”n sin valor las sentencias de primera y segunda instancia en cuanto a la pena aplicada y, fijando la sanción correspondiente, se le impondrĆ” la pena respectiva".
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