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Jurisprudencia: Control de Convencionalidad.

Foto del escritor: CF AbogadosCF Abogados

R.N. N° 2871-2015-Junín del 06ABR2017 en un caso de condena a cadena perpetua por delito de violación de menor (de su menor hija de 7 años). La Sala Penal Transitoria, aplicando el Control de convencionalidad de las decisiones judiciales en todas sus instancias, esto es, que las decisiones no sólo se encuentran conformes al ordenamiento interno y a la Constitución Política del Estado, sino y sobre todo, a las normas de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, ha declarado NULA la sentencia condenatoria, al advertir infracciones de orden constitucional convencional QUE NO HAN SIDO INVOCADAS (Aplicación de un Derecho Penal Constitucionalizado, donde las garantías y derechos fundamentales son de obligatorio cumplimiento por los operadores jurídicos por mandato constitucional). Nótese que la Corte Suprema reconoce el PRINCIPIO DE IMPUGNACIÓN LIMITADA, el cual circunscribe las pautas de examen, o dicho de otra manera, circunscribe los extremos de la impugnación, y veta al tribunal a extender el análisis de su decisión a aspectos no contenidos en los recursos impugnatorios y expresión de agravios. Lejos de ello, la Corte Suprema privilegia el CONTROL DE CONVENCIONALIDAD, y culmina declarando NULA la sentencia condenatoria, pues el Tribunal sentenciador, teniendo la posibilidad de examinar al acusado a fin de que éste ejerza su derecho de defensa, omitió tomarle su declaración. Muy interesante sentencia que no pueden dejar de analizar en el siguiente enlace:


 
 
 
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