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Improcedencia de Tutela de Derechos


El segundo juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, en la investigación seguida contra Jaime Yoshiyama Tanaka, ha desestimado su pedido de Tutela de Derechos, precisando que la pretensión del solicitante no es parte del objeto de esta institución, veamos:

"La pretensión del investigado, respecto a la existencia de carpetas fiscales [otras investigaciones fiscales] (...) tienen una vía específica, como es la figura procesal de la acumulación, la cual tiene su propio trámite. El principio de interdicción de la persecución penal múltiple reconocido en el artículo III del Título Preliminar del Código Procesal Penal no guarda conexión con los derechos vinculados a la defensa recogidos en el artículo 71° del Código Procesal Penal en numerus clausus que son objeto de protección vía tutela de derechos, ello por cuanto este derecho guarda conexión con los principios de legalidad y proporcionalidad".

Descargue el texto completo de la Resolución de primera instancia, desde aquí:


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